domingo, 27 de febrero de 2011

No son terroristas

No los hay ahora ni los hubo antes. Un grave error de apreciación y conducción política llevó a los gobiernos pasados a aplicar la Ley Antiterrorista. El Ministerio Público por su parte, amparado por este descriterio y aportando lo propio, utilizó hasta el hastío los viciados procedimientos que contempla la Ley Antiterrorista.

Ricardo Brodsky* -  23 / 02 / 11  -  Fuente:  Azkintuwe

Foto de Agencias
El tribunal de Cañete absolvió a la totalidad de los imputados mapuches del delito de asociación ilícita terrorista. Con ello se confirma lo que muchos hemos sostenido en el debate iniciado a raíz de la huelga hambre que los procesados mapuches sostuvieron por cerca de cien días el año 2010: no hay fundamentos para aplicar la ley antiterrorista a los miembros de la Coordinadora Arauco Malleco o a miembros de otras organizaciones mapuche.

No los hay ahora ni los hubo antes. Un grave error de apreciación y conducción política llevó a los gobiernos pasados a aplicar la ley antiterrorista. El Ministerio Público por su parte, amparado por este descriterio y aportando lo propio, utilizó hasta el hastío los viciados procedimientos que contempla la ley antiterrorista: testigos secretos pagados por la fiscalía, presunción de culpabilidad para los imputados, solicitud de penas desproporcionadas, montajes publicitarios –recuérdese por ejemplo, los “testigos” colombianos- y acusaciones al voleo con amplia resonancia en el prensa derechista.

Sin embargo, a pesar de la resolución anterior, el tribunal de Cañete declaró culpables del delito de homicidio frustrado en contra del fiscal Mario Elgueta a Héctor Lleitul, Ramón Llanquileo, José Huenuche y Jonathan Huillical. La defensa, los familiares y los amigos de los acusados sostienen que la resolución del tribunal debe anularse ya que su fundamento se encuentra en declaraciones de testigos secretos, las que sólo pueden tener validez procesal cuando existe el delito de asociación terrorista. 

Si no hay delito terrorista, parece lógico esperar que Lleitul y los otros imputados sean juzgado conforme a la ley penal común, con las garantías propias de un debido proceso, con imparcialidad y objetividad. Pero todos sabemos que la resolución del tribunal contra Lleitul y sus compañeros no es eso. Se les juzgó de acuerdo a la ley antiterrorista, sin garantías de ningún tipo, lo que a la luz de la resolución del propio tribunal en el sentido que en estos casos no aplica la ley antiterrorista, se convierte en un vicio procesal gigantesco.

Los imputados mapuche han pedido reiteradamente ser juzgados de acuerdo a la ley común, que se presuma su inocencia y se presenten pruebas concretas que avalen las acusaciones de la fiscalía. ¿Es mucho pedir en una democracia?

* Ricardo Brodsky es Ex Asesor en materia indígena de la Concertación.

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