viernes, 25 de marzo de 2011

Fallo de Cañete: Imposible no comentar

25 Marzo, 2011 - Fuente : www.elquintopoder.cl, por Carolina Tohá

Dedicado a todos los que creen que la vida de todos los seres humanos vale por igual.

Los fallos de los Tribunales de Justicia se deben respetar, pero eso no quiere decir que no se puedan comentar. Y hay veces, como ésta, en que hay que comentarlos. Todos los chilenos debiéramos mirar con atención el desarrollo de los procesos judiciales ligados a la causa mapuche y reflexionar acerca de su desenlace porque, lo queramos o no, los enjuiciados no son solamente los comuneros acusados sino la sociedad en su conjunto. En efecto, en estos procesos está puesta a prueba la capacidad de superar las discriminaciones y prejuicios con que nuestro país ha tratado a los indígenas.

Se ha abierto un debate en torno al fallo que recientemente adoptó el Tribunal de Cañete respecto a 17 comuneros mapuche ligados a la Coordinadora Arauco Malleco y acusados del atentado contra el Fiscal Elgueta y otros delitos. La polémica se encendió porque el ataque fue considerado como un intento de homicidio y el líder del grupo, Héctor Llaitul, recibió una condena de 25 años, muy por encima de todos los pronósticos que había respecto de este caso. Los otros tres condenados, Ramón Llanquileo, Jonathan Huillical y José Huenuche también recibiron penas muy altas, todas sobre los 20 años. Lo paradojal es que estas condenas se dictaron sin aplicar la ley antiterrorista pero valiéndose de mecanismos procesales que sólo están autorizados cuando se invoca dicha ley, como los testigos secretos. 

La discusión se ha profundizado aún más producto del atentado que sufrieron familiares de uno de los testigos protegidos ocupados en otro caso similar. Además de lo rechazable de la agresión, este hecho demuestra que por esta vía no se logra garantizarle ninguna protección a los testigos. En el caso de los testigos secretos, tampoco se asegura su anonimato, puesto que los nombres terminan casi siempre sabiéndose y son publicados hasta en la prensa. El único efecto real es asegurar que no puedan ser perseguidos penalmente por falso testimonio. Un testigo secreto puede recibir un pago por su declaración y no puede ser sancionado por mentir. ¿Qué diría la teoría de los incentivos sobre esta peculiar institución?  

Adicionalmente, la cobertura de esta noticia ha sido particularmente confusa y varios de los titulares han dicho que el atentado afectó a los familiares de un testigo que habría declarado contra los máximos dirigentes de la CAM cuando, en realidad, se trata de un testigo ligado a otro caso donde Llaitul y la CAM no son los acusados..

A esto hay que sumar que por la muerte del comunero Matías Catrileo, el autor fue condenado solamente a una pena remitida de tres años. En el caso del comunero Alex Lemún, muerto cuando tenía 17 años, el autor fue identificado pero no recibió condena. Veinticinco años de cárcel para un mapuche por homicidio frustrado de un fiscal; ni un día de prisión para los carabineros que han dado muerte a comuneros mapuche. Más allá de las diferencias que tienen estos casos entre si, el contraste resulta chocante. 

En algunos de estos procesos hay todavía recursos pendientes y las cosas pueden cambiar. De hecho, el fallo de Cañete tuvo el voto contrario de uno de los tres jueces, que estuvo por la absolución. En el intertanto, hay que abrir bien los ojos y hacer de este tema un debate nacional. La independencia del Poder Judicial es un principio básico de nuestra institucionalidad y tiene que ser respetada por todos. Los jueces deben ser independientes, pero no son ni serán de otro mundo. Viven y respiran entre nosotros. Crecieron y se formaron en el país racista y discriminador que hemos sido, y sería muy bueno que sintieran que habemos muchos en Chile que no queremos seguir siéndolo.

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