Los magistrados estimaron que no se debían disponer de las medidas establecidas en la Ley Antiterrorista para la protección a testigos en juicios orales, como biombos de separación y voces distorsionadas. La Fiscalía manifestó su posición contraria a la medida advirtiendo que la Corte Suprema en el llamado "Juicio de Cañete" contra los líderes de la Coordinadora Arauco Malleco, se habían validado esas herramientas.
6 de Julio de 2011 / por UPI / Fuente : El Mostrador

Los magistrados Julio Sandoval, Germán Varas y el voto disidente de la jueza Claudia Sánchez, estimaron que no se debían disponer de las medidas establecidas en la Ley Antiterrorista para la protección a testigos en juicios orales, como biombos de separación y voces distorsionadas.
Por eso la Fiscalía de Angol determinó retirar al testigo “Alfa” argumentando que debía resguardar su integridad física y manifestó su posición contraria a la medida del tribunal, advirtiendo que la Corte Suprema en el llamado “Juicio de Cañete” contra los líderes de la Coordinadora Arauco Malleco, se habían validado esas herramientas.
En este caso se pretende perseguir la responsabilidad penal de Carlos Curamil Millanao, Carlos Quidel Queipul, Pedro Quidel Queipul, Julio Cayhuan Nahuelpi y José Queipul Quidel, por la muerte de Francisco Curamil Levicura el 26 de octubre de 2009.
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