jueves, 11 de agosto de 2011

Comunidades mapuche del Río Pilmaiquen presentan recurso legal para proteger espacio sagrado

Dirigentes mapuche de Río Bueno, llegaron hoy hasta la Corte de Apelaciones de Valdiva para interponer un recurso de protección para proteger espacio sagrado a orillas del río Pilmaiquen. La acción legal responde a la preocupación de las comunidades por el atentado constante que el particular, Juan Heriberto Ortiz y la empresa Pilmaiquen SA viene realizando sobre el “ngen kintuante”, intentando destruir la biodiversidad y significación cultural que atribuyen las comunidades a este sitio.

10/08/2011  /  Por José Luis Vargas  /  Fuente : Observatorio Ciudadano

El recurso de protección establece la vulneración de garantías constitucionales vulneradas, producto de la tala ilegal de árboles e intervención del espacio sagrado “ngen kintuante”, Entre las garantías vulneradas se cuentan “La libertad de culto y el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación”.

El pasado 12 de julio fue descubierta una tala ilegal de bosque nativo en el lugar, hecha por Juan Heriberto Ortiz, dueño del terreno. La Conaf, que constató el hecho, ya cursó una infracción que está ahora en el Juzgado de Policía Local de Río Bueno. También la Conadi ha intervenido abriendo una carpeta para una petición de restitución de tierras. Pero, para las comunidades eso no asegura que no habrá nuevas intervenciones en el lugar. Dada la ocupación que hicieron las comunidades de este espacio ceremonial, el dueño pidió a la Fiscalía el desalojo y se enviaron fuerzas especiales de Carabineros, que han ingresado al lugar en varias ocasiones.


Refiriéndose a lo que buscan las comunidades con la realización de esta acción legal, Millaray Huichalaf, vocera de las comunidades del río Pilmaiquen indicó que “este recurso de protección se presenta en favor del ngen mapu kintuante y toda la biodiversidad que se encuentra en ese espacio, ya sean árboles nativos y lahuen (remedio). Esto es para protegerlo de las constantes intervenciones por parte de la empresa Pilmaiquen SA, particulares y talas ilegales como ocurrió hace tiempo atrás”, indicó.

El ngen kintuante, representa un lugar sagrado que podría ser inundado de concretarse la construcción de la central hidroeléctrica Osorno. Huichalaf explicó que la importancia que tiene este espacio para las comunidades, “es fundamental para la existencia de las comunidades que  habitan en la comuna de Río Bueno, allí se solicita el permiso para realizar la rogativa todos los años o cuando hay gente enferma en las comunidades, el ngen kintuante es el dueño y cuidador de ese espacio”, comentó remarcando “queremos proteger este espacio a través de distintas formas, ya sea en la vía judicial o haciendo ocupación de ese espacio que desde tiempos inmemoriales han ocupado nuestras comunidades”, manifestó.

Cabe consignar que la Empresa Eléctrica Pilmaiquen S.A. señalaba que en el área de influencia de su proyecto para construir centrales hidroeléctricas, “no hay comunidades humanas protegidas por leyes especiales” y que “no hay lugares ni sitios donde se llevan a cabo manifestaciones culturales”, manifestando con ello un total desconocimiento del territorio y de la existencia de las comunidades. Al respecto Millaray Huichalaf manifestó que “este es un proyecto nocivo para las comunidades, han habido una serie de irregularidades durante la tramitación de este, nos están perjudicando”, expresó Huichalaf.

Finalmente, la representante de las comunidades de Río Bueno aclaró que el estado no ha realizado ningún tipo de consulta a las comunidades sobre este proyecto como establece el convenio 169 de la OIT “no se nos ha preguntado nuestra opinión, tampoco estamos pidiendo que se realice un nuevo proyecto, sino que este no se construya de ninguna manera”, concluyó.

Garantías constitucionales vulneradas
El recurso de protección presentado establece la vulneración de garantías constitucionales, producto de la tala ilegal de árboles e intervención del espacio sagrado “ngen kintuante”, Entre las garantías vulneradas se cuentan “La libertad de culto y el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación”.

En cuanto a la libertad de culto, “El Estado con su deber de protección y respeto de las culturas originarias de nuestro país, tiene que promover y resguardar las manifestaciones culturales indígenas como sus manifestaciones religiosas, según lo disponen diversas normas legales y de derechos humanos” (...) “Se puede concluir el acto realizado por el particular dueño del predio –así como la amenaza cierta de que siga realizando este tipo de actos- impide el normal desarrollo de las manifestaciones religiosas y espirituales mapuche. Esto, deviene inexorablemente en una vulneración a la libertad de culto de las comunidades mapuche, expresión religiosa que es parte fundamental de su cultura, y que el Estado tiene el deber de promover, proteger y respetar”, argumenta el recurso de protección presentado.

En lo referido al derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. El recurso presentado en la Corte de Apelaciones de Valdivia, sostiene que “es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza” (...) Se contemplan los aspectos socioculturales y la relación de estos elementos con el resto del hábitat, y que la tala ilegal, al venir a imposibilitar el desarrollo normal de las prácticas culturales mapuche, constituye una vulneración al derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación”.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Maybe you may want to add a twitter button to your website. Just bookmarked the site, however I must complete this manually. Simply my 2 cents.

My site:
rachat de credits rachatdecredit.net